¿Compra, Vende o Renta? 

Te invitamos a revisar el Estado de Cuenta Condominal con Administración.

COMPRA

Recuerda que de Conformidad a la Ley de Condóminos y su Reglamento al Comprar no solo adquieres la propiedad, sino también sus Derechos y Obligaciones que tenga pendientes la misma. Así mismo verifica que no tenga ninguna modificación estructural que viole la Ley o Uso de Suelo, evite ser sancionado.

 

VENDE

Asegúrate solicitando a Administración de que el bien inmueble no tenga adeudos por Cuotas Ordinarias o Extraordinarias, por lo que es indispensable que cuentes con todos tus recibos de Pago, sellados por la Administración y que en la Lista aparezca como Cumplido, asegura tú Patrimonio y su Plus Valía, es obligación de todos.Como Tip adicional Asegúrate de tener todos tus pagos de Luz que te servirán para exentar el Impuesto Sobre la Renta al Acreditar el tiempo que tienes como Propietario Titular el Inmueble.

 

RENTA 

Al Propietario (Condómino) Arrendador, es obligación dar un ejemplar del Reglamento o señalar que puede descargar el Arrendatario (Inquilino) su Reglamento a través del área de descargas de ésta Web. Por lo que tendrá derechos y obligaciones que deberán fijar en su Contrato de Arrendamiento, o Comodato, Usufructo, etcétera forma legal que de posesión legal del inmueble el tiempo en que estarán comprometidos, debiendo dar aviso a ésta Administración, para que en caso de solicitar MUDANZA (para su salida), esta deberá solicitarse con 15 días de anticipación por escrito a Administración con Copia a Vigilancia, para su Visto Bueno sí no debe Cuota de Mantenimiento alguna. Caso Contrario el Propietario Titular en todo caso será el responsable de sus Pagos y dar aviso de salida preferentemente por escrito y con 15 días de anticipación, para que no lo salga defraudando por su Arrendatario, Comodatario o Usufructúante y cuente con pleno apoyo de Vigilancia y Administración. (Te invitamos a disponer, de favor: los puntos para blindar un Contrato de Arrendamiento, cortesía de Metros Cúbicos [sin olvidar los Reglamentos, y Cuotas Condominales al dejarlos claros en tu contrato de Arrendamiento] puedes verlos al dar click aqui, recuerda que un Contrato bien hecho no solo cuidas tu plus valía sino también ayudas a que se respete el derecho y plus valía de tus vecinos condominos)Nosotros recomendamos la asesoría de despachos profesionales que te brindaran una póliza jurídica de arrendamiento (Contacto Lic. Alvaro Vázquez Ramírez Tel 222 - 2250692 / 222-2253067 alvarovr@lgc.com.mx, de favor mencionar la referencia de esta página MARV Administración) y te haran un contrato a la medida, así como revisaran que el Arrendatario no te de dolores de cabeza en su cumplimiento.

 

Condómino Cumplido 

Un Condomino Cumplido, es aquel que hace los pagos de sus cuotas de conservación en tiempo y en la forma más correcta de a cuerdo a las políticas establecidas y acuerdos realizados, a las maneras adecuada que la civilidad, ética y compromiso por su comunidad; Cumple al no molestar a sus vecinos con vólumen alto (esta consiente que hay personas que tienen estilos de vida vespertino, nocturno y matutino), reuniones fuera de lugar y horario, mantiene sus pasillos y vivienda dignos, limpios. Sí tiene mascota, la saca con sus vacunas al día, correa, y bolsa para recolectar sus heces fecales, deposita la basura en el lugar indicado (en bolsas biodegradables bien cerradas, la separa correctamente y mantiene los contenedores bien cerrados y limpios), da buen ejemplo a la niñez y adolescencia, observa su reglamento, Leyes, reglamentos, circulares y cumple con el respeto, seguridad y sobre todo responsabilidad de sí mismo y su familia, pero sobre todo hace de su casa "el Hogar", santuario de sus seres Amados, por lo que en comunión y armonía sabe conducirse y saludar a los demás vecinos y condóminos. Ayuda y se responsabiliza con la seguridad ya que esta la hacemos todos. Gracias a ser cumplido sabe que su participación en las Asambleas condominales cuenta con el voto y voz al servicio de su comunidad.